Desarrollo del Pleno:
1.- Alegaciones a los Presupuestos Generales consolidados y
Plantilla de Personal del Ayuntamiento de Jaraíz de la Vera y del Organismo Autónomo
Universidad Popular de Jaraíz de la
Vera, para el ejercicio 2014.
La
Secretaria informó de que la comisión permanente especial de
cuentas, Economía y Hacienda celebrada el 25/02/2014, con el voto de una
mayoría simple, había acordado:
1º: Admitir a trámite las reclamaciones reflejadas en el
informe de Intervención
2º Desestimar esas reclamaciones, por no ajustadas a derecho
3º Elevar al Pleno dichas reclamaciones admitidas para
adoptar resolución sobre ellas, así como la propuesta de aprobación definitiva de
los presupuestos
4º en caso de no acordarse la aprobación definitiva de los
presupuestos por el Pleno, será la
Junta de gobierno Local la que resuelva las reclamaciones y
adopte el acuerdo de aprobación definitiva de los presupuestos
5º aprobación definitiva de la plantilla de personal
6º Remitir el acuerdo adoptado a la administración del
Estado y a los órganos competentes de la administración autonómica.
La portavoz de PSOE dijo que en base a los informes de
Intervención, había que rechazar el resto de alegaciones presentadas, por no
ajustarse a lo exigido por la ley. Y que la propuesta de su grupo era: admitir
a trámite las reclamaciones admitidas por el informe de Intervención,
desestimarlas por no ajustadas a derecho, y la aprobación definitiva de los
presupuestos.
Nuestra intervención fue la siguiente:
“En nombre de IU quiero detallar los puntos en los que
estamos en desacuerdo con la propuesta:
1º: Nos choca el tratamiento no literal de la ley que
ustedes utilizan, ya que de aplicarse la ley literalmente, los presupuestos de
2014 no se podrían aprobar por Junta de Gobierno en este mismo año, ni haber
sido expuestos al público sin haberse dado cuenta al Pleno previamente.
Pero sobre todo llama la atención la incoherencia que supone
el empeño en utilizar esa ley para aprobar sus presupuestos, mientras que en el
segundo punto de este pleno nos van a proponer ustedes recurrir esa misma ley
ante el tribunal constitucional.
2º: sobre dos de las alegaciones admitidas, las nº 734 y
804, que reclaman que haya partidas específicas para pavimento de calles, no
estamos de acuerdo en que no se admitan al debate, porque la pavimentación es
uno de los servicios municipales obligatorios en municipios con más de 5.000
habitantes, por lo que esas reclamaciones cumplirían uno de los supuestos en
los que por ley han de atenderse para su debate en el Pleno.
Si bien, como se nos dijo en la comisión, hay una partida de reposición, con la que
podrían pavimentarse más calles que las 3 incluidas en el plan de diputación,
tenemos claro que en la forma en que aparecen en sus presupuestos, esos fondos
podrían acabar yéndose también al lago, al no estar especificado su
destino.
3º: Respecto al resto de las alegaciones que no han sido
admitidas a debate, si bien no cumplen los requisitos de la ley para ser
debatidas, sí han dddemostrado ustedes una falta de sensibilidad al no haberlas
tenido en cuenta, tanta como la falta de democracia que han exhibido ustedes a
la hora de elaborar los presupuestos sin contar con toda la corporación e
interesarse por las diversas propuestas que pudiéramos trasladar todos los concejales
de la oposición; lo cual equivale a no haber querido escuchar al pueblo.
Por otro lado, según nos han informado, el sindicato CSIF ha
presentado un escrito al Ayuntamiento
dentro del periodo de alegaciones a los presupuestos solicitando los
documentos que justifiquen que se ha cumplido con lo establecido en la Ley, los cuales no se les han
remitido. Y ponemos de manifiesto que si tales documentos no existen, por ley,
los presupuestos no podrían ser aprobados .
Por otra parte, tengo entendido y pido a los técnicos que lo
confirmen, que para ser aprobada la propuesta de plantilla de personal es
preceptiva la aprobación de la misma en la mesa general de negociación, y si
esto no es así, no podría legalmente aprobarse ni en Pleno ni en Junta de gobierno,
.
Por todas estas razones, nuestro voto va a ser en contra de
desestimar las reclamaciones y de aprobar los presupuestos, y pedimos al Pleno
que estos presupuestos no se aprueben hasta que alcancen el consenso de la
corporación, garantizando así que se han elaborado democráticamente, y que la
plantilla de personal no sea aprobada antes de que se cumplan todos los
requisitos previos que exige la ley.“
El portavoz de PP dice que respecto a las reclamaciones
presentadas por los dos concejales de IU, no están de acuerdo con dos de sus
puntos porque la ley no se decretó con la interpretación que ellos expresan;
pero sí está de acuerdo con el otro punto, que expresa que ha habido un defecto
de forma en el procedimiento (por haberse expuesto al público los presupuestos
sin haber dado cuenta de ellos previamente al Pleno), por lo que su voto será
de admitir las reclamaciones. En cuanto a la presentada por la concejala Sonia
Arjona, la consideran incompleta por lo que su voto será de abstención.
Interviene la portavoz de PSOE diciendo que la ley está
vigente, “es una ley que no incumplimos”, “presentar un recurso ante el
tribunal constitucional es un derecho que nos asiste, y mientras se presenta el
recurso la ley sigue estando vigente, y el tribunal constitucional tiene que
decidir, por lo tanto no veo ninguna incoherencia”.
IU le replica: “sí veo una incoherencia muy clara, porque
por una parte os aprovecháis de esa ley, la utilizáis, y luego queréis que se
recurra”.
La propuesta fue rechazada,(las alegaciones fueron admitidas
y los presupuestos rechazados), con los 6 votos a favor de PSOE y los 7 en
contra de la oposición.
2.- Planteamiento ante el Tribunal Constitucional de
conflicto en defensa de la
Autonomía Local
La portavoz de PSOE dice que la mayoría de grupos
parlamentarios de la oposición han decidido sumar fuerzas para que los
ayuntamientos presenten conjuntamente un recurso ante el tribunal
constitucional pidiendo que se paralice y anule la ley de reforma de la
administración local que el PP ha aprobado, planteando un conflicto en defensa
de la autonomía local, que esta ley lesiona. Para ello es necesario que sea
aprobado por mayoría absoluta en una séptima parte de los ayuntamientos, y que
esto corresponda a una sexta parte de la población de España.
Los motivos del recurso son:
que esta Ley quita competencias a los Ayuntamientos, vulnerando con ello
la garantía constitucional de la autonomía local reconocida en la Constitución; resta
poder a los municipios menores de 20.000 habitantes,
en la prestación por sí mismos de determinados servicios mínimos obligatorios. Establece
tutelaje de los ayuntamientos por parte de otras administraciones provinciales,
autonómicas y estatales, haciéndolos dependientes y subordinados a ellas. El
bienestar de los ciudadanos está ligado al municipio, y es una reivindicación
que todos los ciudadanos disfruten de los mismos servicios, independientemente
del municipio a que pertenezcan. En extremadura el modelo es de equilibrio
entre lo urbano y lo rural, y esta ley favorece la acumulación en los núcleos
urbanos abandonando los rurales, en los que los ayuntamientos venían
gestionando servicios como dependencia, ayuda a domicilio, servicios sociales,
al igual que en las ciudades; por lo tanto consideran que esta ley es injusta y
nociva para los municipios rurales. Por ello se propone al pleno la adopción de
los siguientes acuerdos:
Iniciar el trámite para la presentación del conflicto ante
la ley
Solicitar dictamen al Consejo de Estado
Y facultar al alcalde de Jaraíz para la realización de todos
los trámites necesarios.
El portavoz de PP empezó diciendo que qué rápido había hecho
Secretaría algunos informes mientras que el que él había solicitado hace meses
aún estaba pendiente.
En cuanto a la ley de su partido dice todo lo siguiente:
es continuación del plan iniciado hace más de año y medio
para la reforma de la administración local, porque en ella existen deficiencias
como solapamientos, duplicidades y gastos innecesarios. Tiene 4 objetivos:
clarificar y simplificar las competencias municipales para evitar duplicidades;
racionalizar la organización administrativa de la administración según los
principios de eficiencia y sostenibilidad financiera; realizar un control
financiero y presupuestario más riguroso, y favorecer la iniciativa económica
privada evitando intervenciones administrativas desproporcionadas.
Para todo ello se va a potenciar el papel de las
administraciones provinciales, se va a dotar de estabilidad presupuestaria
mediante convenios, hacer una gestión de servicios públicos locales sostenible
y eficiente, un sistema retributivo más homogéneo y responsable y un
fortalecimiento de la función interventora municipal.
Desde el gobierno de Extremadura, Aplicando el principio,
una competencia una administración, se va a clarificar qué competencias
corresponden a cada nivel de administración para evitar solapamientos, ganar en
eficiencia y ahorrar. Se trata de que los ayuntamientos no asuman competencias
impropias, no reguladas en la normativa y para las que no tienen financiación.
Todo esto es consecuencia del artículo 135 de la Constitución, que
consagra los principios de estabilidad
presupuestaria y financiera (hacemos aquí un inciso para recordar: ¡ese artículo
que modificaron mano a mano PSOE y PP, causa del enorme sufrimiento de las
clases bajas y medias, por la pérdida de derechos laborales y sociales, porque
prioriza sobre cualquier otro gasto el del pago de la deuda, ilegítima en su
mayor parte!).
Por el mandato de este artículo se consigue el equilibrio y
superávit de las cuentas públicas.
Frente a los primeros borradores, Gracias a alegaciones del
gobierno de Extremadura y de la
FEMP se ha conseguido que el proyecto de ley finalmente aprobado
por el congreso, se mantengan las mancomunidades y entidades locales menores siempre
que no pasen 3 meses sin presentar sus cuentas
; cambia el coste stándard de los proyectos por su coste efectivo, y si
ese coste supera lo establecido por el ministerio el municipio pierde su
autonomía a favor de la diputación, lo cual hará que los costes sean más
ajustados y mejorará la coordinación;
Esta ley era necesaria en la democracia, para asegurar una correcta
financiación de los municipios y de los servicios que prestan a los ciudadanos.
Esta reforma pretende prestar servicios más eficaces y menos costosos para la
población, asegurando su financiación mediante convenios, penalizando a las
comunidades autónomas si no se cumplen.
Por todo ello anuncia su voto en contra del recurso.
Nuestra intervención fue la siguiente:
“El 31/12/2013 entró en vigor la Ley para la Racionalización y la Sostenibilidad de la Administración Local,
una reforma local que supondrá el desmantelamiento de la autonomía y la
democracia local, la privatización sistemática y la pérdida de servicios públicos
municipales y el despido de decenas de miles de trabajadores.
Será una verdadera demolición de los poderes democráticos
locales.
La reforma implica la recentralización y el control de lo
local por parte del Gobierno central.
Ataca a las competencias y a la autonomía política de los
municipios volviendo a modelos
preconstitucionales.
Elimina el poder de lo más cercano, alejando a la ciudadanía
de la gestión y la decisión sobre lo público, fortaleciendo la deriva
autoritaria y el alejamiento de la política de una población que exige más
participación, más democracia y más transparencia.
El Gobierno central pretende más tutelaje, menos democracia
y menos participación en los asuntos públicos.
Es un ataque al principio de descentralización política que se recoge en la Constitución.
Se cambiará la fiscalización democrática interna por la
fiscalización burocrática externa.
De los 8116 municipios que existen, los 7717 municipios
menores de 20.000 habitantes (el 95,2%) podrán perder gran parte de la prestación
de servicios a favor de la gestión vía diputaciones, esas instituciones
bastante más alejadas del ciudadano que los ayuntamientos, con menos
representatividad democrática, que tenderán a privatizar los servicios.
Los motivos de base de esta ley son centrar la economía en
la iniciativa económica privada y ajustarse a los principios de estabilidad
presupuestaria y sostenibilidad financiera reconocidos por la Constitución en su
artículo 135. ese artículo que PSOE Y PP SE PUSIERON DE ACUERDO EN MODIFICAR
PARA que el pago de la deuda SEA PRIORITARIO sobre cualquier consideración
política o social y que es la base de toda la reforma normativa que está
sufriendo la población.
Ningún dato avala el cumplimiento del supuesto ahorro
neto que plantea, a no ser con el coste
de recortes en competencias, recortes en recursos, eliminación de servicios,
eliminación de derechos y destrucción de empleo.
Se estima una pérdida de más de 200.000 empleos en el
conjunto de España a consecuencia de la pérdida de competencias y de las
privatizaciones.
Por último, y lo resaltamos especialmente porque ya ha
afectado directamente a nuestro pueblo, En la Ley se contempla una medida regresiva de la Democracia ya que en
algunos casos quita al Pleno la competencia de la aprobación de los
presupuestos municipales para dársela a la Junta de Gobierno Local.
esto supone una
medida regresiva de la
Democracia, porque hurta el debate, la transparencia y la
participación de todos los concejales en
la elaboración de los presupuestos, que son la disposición detallada de cómo se
van a emplear los recursos públicos durante el año.
Respecto a este punto, queremos manifestar la incoherencia
que supone que ustedes estén proponiendo al pleno el planteamiento de este
recurso contra la ley, contra la misma ley que ustedes han aplicado en nuestro
ayuntamiento,en la aprobación de los presupuestos, queriendo así restar
democracia al quitarle al pleno la capacidad de debate y decisión sobre la
gestión de los recursos de los ciudadanos.
Creo que tiene usted, señor alcalde, la obligación de
explicarle a su pueblo cómo, por un lado se sirven de una ley para sacar
adelante sus presupuestos en contra del pleno, y luego recurir esa ley.“
Esta propuesta fue aprobada con los 8 votos favorables de
PSOE e IU y los 5 en contra del resto de concejales.