7 de agosto de 2015

PLENO EXTRAORDINARIO | 07/08/2015

ORDEN DEL DÍA

1.- Ratificación de la urgencia de la Sesión. 

Se aprueba con 8 votos a favor y 4 en contra. 


2.- Dar conocimiento de la renuncia de la Concejal, Doña Nieves Esteban Paz. 

Secretaria: con fecha 03/08/2015, registrado con nº 3.990, la señora concejala Doña Nieves Esteban Paz presenta el siguiente escrito al Alcalde-Presidente: 

"Tras ser nombrada por el Consejo de Gobierno de la Junta de Extremadura para ocupar el cargo de Secretaría General de Política Territorial y Administración Local, y compartiendo las directrices de mi partido, el Partido Socialista Obrero Español, de 'una persona, un cargo', yo, Nieves Esteban Paz con DNI xxx, mediante el presente escrito vengo a presentar mi renuncia como concejal de este Ayuntamiento, dejando de forma expresa que mi lucha y defensa con los intereses de Jaraíz de la Vera y los jaraiceños seguirán ocupando una de mis prioridades, junto a la lucha y defensa de todos los extremeños. Lo que pongo en su conocimiento a los efectos oportunos.

En Jaraíz de la Vera, a 1 de agosto de 2015".

Alcalde: primero, como es preceptivo, agradecer a Nieves Esteban Paz la labor que ha realizado en el Ayuntamiento durante 4 años como Teniente de Alcalde, y dos meses que ha llevado con nosotros. Segundo, comunicar a la Junta Electoral Central para que emita acta a Doña Isabel María Riolobos Peris como nueva edil en sustitución de Doña Nieves Esteban Paz. 

Portavoz de PSOE: agradecer públicamente el trabajo realizado por esta persona, jaraiceña en todo su corazón, y que va a desempeñar un cargo público, una autoridad, dentro de la Junta de Extremadura. Es un mérito de un ciudadano de Jaraíz, en este caso una mujer encima, que pueda desempeñar una labor de estas características con alta responsabilidad dentro de lo que es la Junta de Extremadura. El Partido Socialista, y creo que los jaraiceños enteros, nos sentimos orgullosos de tener una persona de estas características, que desarrolle esta labor. 


3.- Facultar al señor Alcalde-Presidente para encomendar la representación y defensa jurídica del Ayuntamiento en abogados y procuradores.

Alcalde: se ha recibido en el Ayuntamiento una comunicación del portavoz de PSOE en la que nos hace ver que falta un documento y es preceptivo, que es el informe de la secretaria. Pero la secretaria está de vacaciones, por lo que si quiere el señor Sánchez o la bancada socialista, retiramos el punto para un próximo pleno, o si quiere lo debatimos.

Señor Hernández: no basta con que cualquier concejal crea que exista una presunta irregularidad; debe estar avalado por un informe que es obligatorio y preceptivo. Me alegra, porque es lo que nosotros íbamos a proponer: que se retirara este punto. Usted, que es un hombre, igual que nosotros, cumplidor fiel de la ley.

Alcalde: lo aparcamos para el próximo Pleno: informe preceptivo de la secretaria o de un jurista de reconocido prestigio. 

Portavoz de Extremeños: me gustaría saber en qué consiste ese informe preceptivo, porque yo he visto muchos informes de Intervención, de Secretaría. 

Alcalde: efectivamente, es necesario. Según el art. 54.3 del Texto Refundido de la Disposición Vigente de Régimen Local, dispone: los acuerdos para el ejercicio de acciones necesarias para la defensa de los bienes y derechos de las entidades locales deberán adoptarse previo dictamen del secretario o, en su caso, de la asesoría jurídica, y en defecto de ambos, de un letrado. Tenemos el informe de una de las obras, no de las dos. Por ello, queda aparcado hasta el siguiente Pleno. 

Se levanta la sesión.